Reintegro de gastos médicos
¿La Seguridad Social le ha denegado o simplemente no le ha prestado injustificadamente un servicio médico-sanitario y se ha visto obligado a acudir a la sanidad privada y soportar su coste? Por el carácter urgente de la situación y la falta de medios de la Seguridad Social ¿ha tenido que acudir a la sanidad privada?
¿Ha precisado asistencia sanitaria durante su estancia en un país extranjero y ha tenido que correr con los gastos?
Toda persona afiliada a la Seguridad Social española, con irrelevancia del lugar donde se encuentre, tiene garantizada la asistencia sanitaria de carácter urgente, inmediato y vital. La falta de prestación de la misma por medios propios de la Seguridad Social que obligue al enfermo a acudir a medios ajenos y soportar su coste, máxime en supuestos de urgencia o plazos que se puedan asimilar a urgentes teniendo en cuenta el estado de salud del paciente, puede ser repercutido al Servicio de Salud correspondiente.
Si por cualquiera de estas circunstancias ha recibido asistencia sanitaria con medios ajenos a la Seguridad Social, sepa que tiene derecho a su reintegro ejercitando la pertinente reclamación ante el correspondiente Servicio de Salud.
Asesórese y contáctenos sin compromiso.
En caso de ser viable su reclamación, solo cobramos si, al final, se resuelve satisfactoriamente su caso.